La Justicia 'tumba' la M-30 de Gallardón
El Tribunal Superior de Madrid anula el acuerdo de la Junta de Gobierno que aprobó nueve proyectos para el soterramiento de la vía
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula y deja sin efecto un acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprobaron 9 de los 12 proyectos de reforma y mejora para el soterramiento de la M-30 por carecer de una evaluación ambiental previa. El Tribunal establece, tal y como planteó el grupo municipal socialista, que el compromiso del equipo de gobierno de Gallardón de cumplir los requerimientos de la Comisión Europea, asumiendo la obligación de elaborar esos Estudios de Impacto Ambiental, es insuficiente ya que no se ha podido convalidar
Dice además el Tribunal en su fallo, notificado el pasado lunes día 14, que "a estas alturas ya nadie se cuestiona la necesidad de haber sometido los proyectos a un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental" por la sola circunstancia de que discurra por una zona urbana. Esta misma conclusión coincide con una anterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, además de ser admitida, dice el fallo, por el propio ayuntamiento al aceptar las condiciones impuestas por la Comisión Europea. El expediente de infracción abierto por Bruselas obligó al equipo de gobierno a dejar sin efecto, eso fue en febrero de 2007, los 3 proyectos de obras no iniciados entonces (túneles norte y sur en los "by-pass" de la Avenida de la Ilustración y conexión del "by-pass" norte con la carretera Nacional 1) autorizando un contrato de consultoría para realizar el estudio ambiental tanto de los proyectos ya ejecutados como de los que estaban pendientes.
En su escrito, los denunciantes alegaron, y así lo admite el Tribunal, que los trabajos realizados por el Ayuntamiento para evitar la sanción de la Comisión Europea han sido inexistentes ya que, entre otras cosas, no se han aportado los informes necesarios acerca de los impactos que se pueden producir (gases, ruidos, patrimonio histórico, arbolado, etc.) ni se han efectuado las medidas correctoras que fueran necesarias.
Las consecuencias prácticas de la sentencia son muy escasas, según las fuentes jurídicas consultadas por la Cadena SER, si bien a partir de ahora el Ayuntamiento tendrá que ser más cuidadoso y cumplir como cualquiera los requisitos, trámites y leyes a los que está obligado. La sentencia no tendrá consecuencias prácticas, pero sienta un precedente ya que, tal y como ocurriera con el reciente fallo del Tribunal Supremo, que también declaraba ilegal el desdoblamiento de la "carretera de los pantanos", la obra ya está terminada y en uso desde hace tiempo y no hay ninguna posibilidad de deshacer las actuaciones ejecutadas. La sentencia del TSJM es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
-------------------------------------------
No quiero pensar que nos pasaría al resto de los mortales si queremos hacer una obra en casa y no tenemos todo en regla y no tenemos toda la documentación.
Cuando ocurren este tipo de cosas, a los responsables de esos proyectos, a los que dan el visto bueno, deberían "castigarles" de alguna manera por no hacer bien su trabajo, por incompetentes... como mínimo habría que inhabilitarlos de ejercer un cargo público.
Bueno, y no hablemos de si lo hace a sabiendas de que está mal hecho... en ese caso sería prevaricación, con lo que sería peor aún.
El Tribunal Superior de Madrid anula el acuerdo de la Junta de Gobierno que aprobó nueve proyectos para el soterramiento de la vía
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula y deja sin efecto un acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprobaron 9 de los 12 proyectos de reforma y mejora para el soterramiento de la M-30 por carecer de una evaluación ambiental previa. El Tribunal establece, tal y como planteó el grupo municipal socialista, que el compromiso del equipo de gobierno de Gallardón de cumplir los requerimientos de la Comisión Europea, asumiendo la obligación de elaborar esos Estudios de Impacto Ambiental, es insuficiente ya que no se ha podido convalidar
Dice además el Tribunal en su fallo, notificado el pasado lunes día 14, que "a estas alturas ya nadie se cuestiona la necesidad de haber sometido los proyectos a un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental" por la sola circunstancia de que discurra por una zona urbana. Esta misma conclusión coincide con una anterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, además de ser admitida, dice el fallo, por el propio ayuntamiento al aceptar las condiciones impuestas por la Comisión Europea. El expediente de infracción abierto por Bruselas obligó al equipo de gobierno a dejar sin efecto, eso fue en febrero de 2007, los 3 proyectos de obras no iniciados entonces (túneles norte y sur en los "by-pass" de la Avenida de la Ilustración y conexión del "by-pass" norte con la carretera Nacional 1) autorizando un contrato de consultoría para realizar el estudio ambiental tanto de los proyectos ya ejecutados como de los que estaban pendientes.
En su escrito, los denunciantes alegaron, y así lo admite el Tribunal, que los trabajos realizados por el Ayuntamiento para evitar la sanción de la Comisión Europea han sido inexistentes ya que, entre otras cosas, no se han aportado los informes necesarios acerca de los impactos que se pueden producir (gases, ruidos, patrimonio histórico, arbolado, etc.) ni se han efectuado las medidas correctoras que fueran necesarias.
Las consecuencias prácticas de la sentencia son muy escasas, según las fuentes jurídicas consultadas por la Cadena SER, si bien a partir de ahora el Ayuntamiento tendrá que ser más cuidadoso y cumplir como cualquiera los requisitos, trámites y leyes a los que está obligado. La sentencia no tendrá consecuencias prácticas, pero sienta un precedente ya que, tal y como ocurriera con el reciente fallo del Tribunal Supremo, que también declaraba ilegal el desdoblamiento de la "carretera de los pantanos", la obra ya está terminada y en uso desde hace tiempo y no hay ninguna posibilidad de deshacer las actuaciones ejecutadas. La sentencia del TSJM es firme y contra ella no cabe recurso alguno.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
-------------------------------------------
No quiero pensar que nos pasaría al resto de los mortales si queremos hacer una obra en casa y no tenemos todo en regla y no tenemos toda la documentación.
Cuando ocurren este tipo de cosas, a los responsables de esos proyectos, a los que dan el visto bueno, deberían "castigarles" de alguna manera por no hacer bien su trabajo, por incompetentes... como mínimo habría que inhabilitarlos de ejercer un cargo público.
Bueno, y no hablemos de si lo hace a sabiendas de que está mal hecho... en ese caso sería prevaricación, con lo que sería peor aún.